"... ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por abogado MARCO LABADY, en su condición de Fiscal Auxiliar Sexto del Ministerio Público, contra la decisión que negó la evacuación de una prueba anticipada, dictada por el Juzgado Primero en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, de fecha 02 de agosto del año 2010. Se confirma la decisión recurrida. Con la aclaratoria expresa que no puede impedirse el reconocimiento en cuestión siempre que se le dispense el tratamiento y la valoración propias de una declaración de imputado..."