IV
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz con Competencia en lo Contencioso y Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, el Artículo 185 del Código Civil y con el contenido de la vigenteSentencia 1070 de fecha 09 de Diciembre de 2016, dictada por la Sala Constitucional del Máximo Tribunal, declara:
PRIMERO:CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO fundamentada en la sentencia 1070 de fecha 9 de Diciembre de 2016 de la sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, intentado por los ciudadanos:CARLOS JOSE MENDOZA GONZALEZ Y NINOSKA RAMONA MARCANO ALEMAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº 8.251......