DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL ITINERANTE PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: SE DECLARA CON LUGAR la solicitud hecha por la Fiscal Cuarto del Ministerio Público, y en consecuencia DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano: LICINIO DANIEL PESSOA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- no porta, comerciante, casado, residenciado en la avenida la Rivera, frente a la discoteca hélice de esta Ciudad, por la presunta comisión del delito de ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el artículo 377 del Código Penal, vigente para el momento de los hechos, en perjuicio de la ciudadana: ILIANA YUBISAY RIVAS ACOSTA, titular de la cédula de identidad número V- 16.698.153, residenciada en el barrio Paloma, calle el Boulevard, .....