Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero De Municipio Ordinario y Ejecutor De Medida De Los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales Y Antonio Díaz De La Circunscripción Judicial Del Estado Delta Amacuro, Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y actuando conforme lo establecido en la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, publicada en la Gaceta Oficial N° 368.338, de fecha 02 de abril de 2009, DECLARA: CON LUGAR LA SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana Isimar Yeli Guarayote, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.078.710 y de este domicilio. En consecuencia, se declaran bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a la solicitante ya identificada, la posesión legítima sobre unas bienhechurías enclavadas en una superficie de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI) y que mide Cuatrocientos Cincuenta .....