DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Control No 3 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta el Sobreseimiento de la causa seguida contra el ciudadano: ANSELMO JOSÉ LÓPEZ, venezolano, casado, titular de la cedula de identidad numero: 4.4040.125, natural de Guiria Estado Sucre, nacido en fecha 21/04/53, de 53 años de dad, hijo de Águeda López (v) y Gabriel Cedeño (V), de ocupación u oficio, Marino Mercante, residenciado en la calle Pagayos, casa numero: 46, de Guiria Estado Sucre, teléfono (0416) 280.02.86; por haber sobrevenido una de las causales establecidas en el Código Orgánico Procesal Penal y haciendo cesar todas las medidas de coerción. Todo de conformidad con el artículo 318 numeral 3 en concordancia con el ordinal 7° del Artículo 48 del Código Orgánico Procesal .....