DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL ITINERANTE PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la solicitud hecha por el Fiscal Auxiliar Primero Comisionada para el Plan de Descongestionamiento de Causas del Ministerio Publico y en consecuencia, SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA signada con la numerología 01-F1-0055-2001, (enumeración de esa Fiscalía), seguida A (PERSONAS SIN IDENTIFICAR), por la presunta comisión del delito de APROPIACIÓN INDEBIDA, previsto y sancionado en el artículo 468 del Código Penal, vigente para el momento de los hechos, en perjuicio del ciudadano: DANIEL ALBERTO DIB, Argentino, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número E- 82.280.369, residenciado en la urbanización la Querencia, manzana 08, casa 12, P.....