DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA INHIBICION planteada por la Abogada XIOMARA SOSA DÍAZ , Juez de Primera Instancia Penal, en función de Juicio, en la causa que se le sigue al ciudadano JUAN CARLOS HURTADO SANCHEZ, Venezolano, soltero, natural de Tucupita Estado Delta Amacuro, de 23 años de edad, residenciado en el sector las Malvinas, calle principal en la primera bodega, casa s/n, Tucupita ¿ Estado Delta Amacuro, hijo de Omar hurtado (V) y Ligia Sánchez (V), titular de la Cédula de Identidad N° 18.657.213 por el delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el Articulo 453 ordinales 3ro y 4to del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la ciudadana MIRAIDA JOSEFINA MARTÍNEZ