este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana: YUDANINI DEL VALLE FARRERA LEON en contra de la ciudadana: KATIUSKA META. SEGUNDO: Se condena a la demandada a pagar a la demandante la cantidad de VEINTIUN MIL CIENTO DIECISIETE BOLIVARES FUERTES CON OCHENTA Y OCHO CENTIMOS (BS. F. 21.117,88). TERCERO: Se condena al pago por concepto de INTERESES DE MORA E INDEXACION MONETARIA, y para determinar el monto a pagar por estos conceptos y por los Intereses sobre las Prestaciones Sociales, se ordena practicar EXPERTICIA COMPLEMENTARIA DEL FALLO, para estos efectos el tribunal designará un único Perito, de conformidad con lo previsto el Artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El pago de los Honorarios del experto será sufragado por la demandada y condenada en autos, cuyo pago se or.....