DISPOSITIVA
En consecuencia por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados, éste Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio de éste Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Una vez admite la Acusación y las pruebas presentada por el Ministerio Público, en audiencia preliminar, en contra de los acusados GILBERTO JOSÉ ESPINOZA, JUAN ALBERTO VILLARROEL CARREÑO y LUIS ZACARÍAS ESPINOZA, plenamente identificados, antes de la constitución del Tribunal Mixto, procede a imponer a los acusados del procedimiento especial por admisión de los hechos, quienes admitieron ser coautores, culpables y responsables en la comisión de los hechos señalados, procediendo esta Juzgadora de Juicio, a imponer la condena correspondiente de manera inmediata, mediante la aplicación de Procedimiento Especial por Admisión de l.....