Por las razones antes expuestas ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Ordena la aplicación del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con el artículo 373, último aparte, del Código Orgánico Procesal Penal, en atención al contenido de los artículos 13 y 372 ejusdem, y 257 de la Carta Magna.
SEGUNDO: Se decreta Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad en contra del ciudadano Andrés Avelino Jiménez Hernández, venezolano, natural de esta ciudad, de 59 años de edad, hijo Tomas Rodolfo Jiménez (v) y Josefa Hernández (m), 6to Grado año, de profesión u oficio agricultor, soltero, residenciado en la calle principal de el Barrio Santa Cruz frente a la casilla policial, Estado Delta Amacuro, titular de la cedula de identidad N° 4.514.477; de confor.....