En razón de lo antes expuestos este Tribunal, promovidos y evacuados como han sido las declaraciones de testigos y valoradas las pruebas documentales, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho declara a favor de los ciudadanos NERYS ELEUTERIO MENDOZA, MARIA VICTORIA MENDOZA NORIEGA, MARBELYS DEL VALLE MENDOZA NORIEGA, EDGAR RAMON MENDOZA NORIEGA, VICTOR JOSE MENDOZA NORIEGA, JESUS ISMAEL MENDOZA NORIEGA, OLGA TERESA MENDOZA NORIEGA, NERYS ELEUTERIO MENDOZA NORIEGA venezolanos, Mayores de edad, Titulares de la Cédula de Identidad N°. V.-3.045.929, V.- 9.861.293, V.- 9.867.369, V.- 11.212.190, y V.-13.403.120, V.-14.488.583, V.-14.905.917, Y V.-16.215.097 respectivamente y de este domicilio., debidamente asistidos por el abogado RODOLFO DIAZ. IPSA N° 123.464, HEREDEROS ÚNICOS y UNIVERSALES DE LA CUJUS OLGA FRANCISCA NORIEGA DE MENDOZA, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V- 3.049.680, esposa legitima del ciudadano NERYS ELEUTERIO MENDOZA, ante.....