DISPOSITIVA
Por las consideraciones expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
1.- Se decreta al imputado LUIS RAMON MARCANO URICARE, titular de la cédula de identidad N° 14.487.938, una MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA de la contenida en el artículo 256 numeral 8° del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación de dos fiadores de reconocida conducta, domiciliados en el territorio nacional, con ingresos mensuales iguales o superiores al equivalente en bolívares a treinta unidades Tributarias, lo cual debe ser demostrado a este Tribunal, con la presentación de carta de residencia, carta de buena conducta, constancia de trabajo y con los tres últimos estados de cuenta de las cuentas bancarias, en las cuales se les abona el salario o en las cuale.....