Sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho que recaen sobre la bienhechuría fomentada porla ciudadana GLEMERIS DEL VALLE CARRASQUEL BERRA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nº 9.858.136, sobre una parcela de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (I.N.T.I.), la cual tiene una superficie de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCOMETROS CUADRADOS(365,00Mts2) y un área de construcción de CIENTO OCHENTA METROS CUADRADOS(180,500Mts2), alinderadade la siguientemanera: NORTE:Calle Pedernales, con 15,38 ML; SUR:Teresa Liendro, con 13,38 ML; ESTE:Julian Lista, con 23,00 ML; y OESTE:Avenida Casacoima, con 25,25 ML; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1357 del Código Civil y 937 del Código de Procedimiento Civil, se declaran las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, bastante y suficientemente para asegurar el Derecho de Propiedad y Posesión que tienela ciudadana GLEMERIS DEL VALLE CARRASQUEL BERRA, venezolana, mayor de edad, soltera, t.....