En virtud de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECIDE:
PRIMERO: Declara con lugar la solicitud de desestimación de la presente causa signada con el N° 10F01-0582-2009, en la cual aparece como víctima el CATALINO ANTONIO AGUANAGALDE AGUANAGALDE, venezolano, natural de Tumeremo, Estado Bolívar, de 63 años de dad, nacido en fecha 28-04-1945, de estado civil casado, de ocupación chofer, residenciado en Hacienda del Medio, teléfono 0426-696.2355, Tucupita, Estado Delta Amacuro, por cuanto el hecho objeto de la investigación constituye delitos cuyo enjuiciamiento solo procede a instancia de parte agraviada, de conformidad con le artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Notifíquese a las partes de la presente decisión. TERCERO: Una vez vencido el lapso para el ejercicio de los recursos respectivos sin que ni.....