este Tribunal Tercero de Primera Instancia Estatal y Municipal en función de control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en La ciudad de Tucupita, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se rechaza la acusación presentada por el Ministerio Publico, y en consecuencia se decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad al articulo 300 numeral 3to del Código Orgánico Procesal Penal en relación con los artículos 108 numeral 5to y 6to en relación con el articulo 110 del Código Penal, a favor del ciudadano JOSÉ GREGORIO ZAMORA VALDERREY, venezolano, natural de Tucupita, Estado. Delta Amacuro, titular de la cédula de identidad Nº V-9.864.616, de 47 años de edad, nacido en fecha 14-03-1969, hijo de Maria Valderrey (D) y Elio Zamora (V), de profesión u oficio Licenciando en Ciencias Policiales, de estado civil soltero, residenciado en Hacienda del Medio, sect.....