esta Corte de Apelaciones, con competencia múltiple, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara : sin lugar, el recurso de apelación, interpuesto por el Abogado Argenis Marquez, inscrito en el INPREABOGADO N° 68.434, actuando en representación de los ciudadanos: Jesús Del Valle Marquez, Jesús Enrique Marquez Fiore, Mariannys Marquez Fiore y María Alejandra Marquez Fiore, en contra de la decisión emitida por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil de esta Jurisdicción, de fecha 06 del mes de noviembre de 2006. Esta decisión, se fundamenta en los artículos 7, 12, 206, 242, 254 y 289 del Código de Procedimiento Civil. Remítanse las presentes actuaciones al Tribunal de la Causa. Déjese copia certificada. Regístrese y Publíquese. Cúmplase.-