DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: La Incompetencia de este Tribunal para conocer la presente Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la justiciable ROHERYS DEL VALLE NARVÁEZ CEDEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.213.234, en contra los ciudadanos LEDYS BETZAIDA RAMOS DE DA SILVA y ANTONIO DA SILVA CRUZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-2.259.517 y V-9.865.109, respectivamente. SEGUNDO: Se ordena remitir el presente expediente a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia para que resuelva el conflicto negativo de competencia entre la Corte de de Apelaciones del Circuito Judicial Penal con Com.....