Por los razonamientos antes expuestos de hecho y derecho, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control Sección Penal Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA sustituir al adolescente, IDENTIDAD OMITIDA LA MEDIDA DE REGIMEN DE PRESENTACION DE OCHO (8) DIAS, POR PRESENTACIONES PERIODICAS CADA TREINTA (30) DIAS POR ANTE LA OFICINA DE ALGUACILAZGO A LA ORDEN DEL TRIBUNAL, considerando el interés superior del niño y del adolescente contemplado en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y garantizarle su derecho a la protección en el trabajo previsto en el artículo 94 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente concatenado con el artículo 95 ejusdem, en armonía con el 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Notifíquese a las partes Fiscalía Quin.....