Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano CHARLES PINTO, conforme a lo establecido en el artículo 318 numeral 3° en concordancia con lo señalado en el numeral 8° del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA,, VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENAZAS, previsto y sancionado en los artículos 42, 39 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, al estar evidentemente prescrita la acción penal correspondiente, toda vez que desde el 08 de mayo de 2007 a la presente fecha ha transcurrido más de TRES (03) AÑOS, transcurriendo así un tiempo holgadamente superior al fijado por l.....