Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la Suspensión Condicional del Proceso por el lapso de prueba de un (01) año, seguida a ROMERO FUENTES GABRIEL ANTONIO, por la comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA Y VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en los artículos 39 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, en agravio de ROMELYS MARQUEZ, de conformidad con lo establecido en el Artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese, regístrese y publíquese.