En razón de lo antes expuestos este Tribunal, promovidos y evacuados como han sido las declaraciones de testigos y valoradas las pruebas documentales, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho declara a favor de los ciudadanos: JENNY JOSEPHINE DELLAN CEDEÑO, titular de la cédula de identidad Nº V-11.211.281, ANNY SHISLEY DELLAN ZAPATA titular de la cédula de identidad Nº V-9.867.926, JOSE MANUEL DELLAN CEDEÑO, titular de la cédula de identidad Nº V-11.205.114, y JONHNNY JOSEPH DELLAN CEDEÑO, titular de la cédula de identidad Nº V-11.211.282, venezolanos, mayores de edad y de este domicilio, debidamente asistidos por el abogado JOSE DELLAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 162.149, como HEREDEROS ÚNICOS y UNIVERSALES DEL DE CUJUS REMO JOSE DELLAN ESTABA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 3.046.896, quien en vida fue padre legitimo de los ciudadanos: JENNY JOSEPHINE DELLAN CEDEÑO, titular de la cédula de identidad Nº.....