este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCION INTENTADA, condenándose a la parte demandada, al pago de los siguientes conceptos y montos:
PRIMERO:
Antigüedad: Bs. 156.249,09
Vacaciones Fraccionadas: Bs. 37.500,00
Bono Vacacional Fraccionado: Bs. 17.400,00
Utilidades Fraccionadas: Bs. 37.500,00
Diferencia Salarial: Bs. 213.696,00
NETO A PAGAR: BS. 462.345,09
PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DESICIÓN. Años 195° y 146°
LA JUEZA TEMPORAL,
Abg. MARISELA GOMEZ ESTABA.
LA PARTE DEMANDANTE.
ABO.....