Por las razones y fundamentos antes expuestos, Este Juzgado Segundo Itinerante de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud del Ministerio Público, y en consecuencia, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA por extinción de la acción penal, seguida a ENMANUEL ANTONIO TABLANTE RIVAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD 16,215,369, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el ARTICULO 17 DE LA LEY SOBRE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LA FAMILIAvigente, en perjuicio de FATIMA CAROLINA CEDEÑO,TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD 18,386,916, de conformidad con lo establecido en el artículo 300 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal y 49.8 del Código Adjetivo Penal en armonía con el articulo 108 numeral 5todel Código Penal. Regístrese, publíquese y notifíquese. Remítase el presente asunto penal en su oportun.....