Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y actuando conforme lo establecido en la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, publicada en la Gaceta Oficial Nº 368.338, de fecha 02 de abril de 2009, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus DAMARYS COROMOTO BERIA DE MARCANO, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.548.942, a favor de su esposo e hijos ciudadanos: BERNARDO DE LA CONCEPCIÓN MARCANO LIRA, MARBELYS JOSEFINA MARCANO BERIA, RUVISOL MARIA MARCANO BERIA, DANYS JOSE MARCANO BERIA, CRUZ DANIEL MARCANO BERIA, ROSALYS JOSEFINA MARCANO BERIA, ROSIELIS CONCHITA MARCANO BERIA y BERNARDO DE LA CONCEPCION MARCANO BERIA, ven.....