DISPOSITIVA
Por fuerza de todos los razonamientos de hechos y de Derecho que han sido en forma pormenorizada reseñados en la parte motiva del presente dictamen y en convicción de que el mismo debe servir de tutela judicial como función propia y finalidad del proceso; éste TRIBUNAL SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, CON SEDE EN LA CIUDAD DE TUCUPITA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL RECURSO EJERCIDO por los ciudadanos HERNÁN MARTÍNEZ y VÍCTOR JOSÉ LIMPIO, venezolanos, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 13.743.612 y 8.372.230, respectivamente; así como se DECLARA SIN LUGAR LA APELACIÓN EJERCIDA, en contra de la decisión de mérito dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, en fecha 27 de septiembre de 2004, y, en consecuencia CON LUGAR la defen.....