PRIMERO: se declara SIN LUGAR, el recurso de Apelación de autos, interpuesto, por la Defensora Pública Primera Abg. MARIA BELEN LOPEZ, contra la decisión de fecha 23 de Octubre de 2012 emanada del Juzgado Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, en audiencia de presentación, la cual declaró con lugar la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad contra el ciudadano: JOSE ALBERTO HERRERA CARRILLO.
SEGUNDO: Queda confirmada la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, en audiencia de presentación, donde decretó, Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad contra el ciudadano: JOSE ALBERTO HERRERA CARRILLO, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 405 en relación con articulo 80 segundo aparte del código penal, en perjuicio del ciudadano LUIS ALEJANDRO SOTILLO.