esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, salvaguardando el derecho fundamental de las partes a contar con un Juez Imparcial, consagrado en el Artículo 49.3 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; Artículo 8.1 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, en concordancia con el Art. 1 y 104 del Código Orgánico Procesal Penal: Declara SIN LUGAR la INHIBICION propuesta por la ciudadana Abg. XIOMARA SOSA, en su condición Jueza Primera de Primera Instancia en Funciones de Control, de este Circuito Judicial Penal, en el asunto signado bajo el Nro. YP01-P-2007-000043, seguido a los imputados WILLIAM ALFREDO VASQUEZ RODRIGUEZ, FELIPE GUSTAVO PEREZ RODRIGUEZ y GERARDO ANTONIO SEPULVEDA BETANCOURT.