DISPOSITIVA
Por todas las razones de derecho ya expuestas, ESTA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: Primero: Sin lugar, el Recurso de Apelación de Sentencia, interpuesto por el Abogado EMETERIO RANGEL QUINTERO, actuando con el carácter de defensor publico en lo penal, del sentenciado ADOLFO ANTONIO GUIRA MORENO, de nacionalidad venezolana, natural de Tucupita, Estado Delta Amacuro, de profesión u oficio agricultor, domiciliado en : calle Sucre, casa s/n, cerca de la Escuela Orocoima, Capure, Municipio Pedernales, de este Estado, y portador de la cedula de identidad Nª 10.183.982, contra la sentencia emitida por el Tribunal de Juicio, en fecha 30 del mes de octubre de 2006. Segundo: Esta decisión se fundamenta en los artículos 452 y 453 del Código Orgánico Procesal Pe.....