DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, quien aquí decide, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO : SIN LUGAR la inhibición propuesta por la Abogada MARISOL DEL VALLE BAYEH BAYEH, venezolana, mayor de edad, portadora de la cedula de identidad N° 8.928.865, en su carácter de jueza provisoria del Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario, de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. SEGUNDO : Continué conociendo la demanda anotada bajo la nomenclatura de ese Tribunal con el numero 8631-2006. TERCERO : Esta decisión se fundamenta en los artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, 82, 84, 85, 86 y 88 del Código de Procedimiento Civil.