DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del Estado Delta Amacuro, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA INADMISIBLE el Recurso de Apelación de Auto, interpuesto por el Abg. CARLOS ZAMBRANO ZAPATA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nª 52.582, actuando en este acto en representación de la ciudadana : MARIELA DEL CARMEN TABLANTE, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nª 9.861.682, en contra de la Decisión dictada mediante Auto por el Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, en fecha 10 del mes de abril de 2007, mediante el cual se acordó negar la solicitud interpuesta por la ciudadana antes señalada de entregarle el vehiculo: marca Chevrolet, modelo Gran Vitara, año 2001, clase camioneta, color blanco, tipo sedan, placas IAI-33K, serial.....