Con base en las razones anteriormente expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se pronuncia: PRIMERO: Declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la abogada MARÍA BELÉN LÓPEZ MARÍN, Defensora Pública Primera (1ª), adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del Estado Delta Amacuro, actuando con el carácter de defensora del ciudadana MIGYOLETH CAROLINA REQUENA SOTILLO, en contra de la sentencia pronunciada en audiencia preliminar en fecha 28 de junio de 2012, y publicada in extenso en fecha 06 de julio de 2012, por el Juzgado Tercero (3º) de Control Circunscripcional, causa YP01-P-2012-000874, que condenó a la prenombrada ciudadana a cumplir la pena de veinte (20) años de prisión, más las penas accesorias, por la comisión de los delitos de Homicidio en la Modalidad de Sicariato y Asociación para Delinqui.....