En tal sentido, y visto que la presente causa se encuentra en fase de abocamiento, se ordena notificar al ciudadano OMAR ANTONIO AGREDA RODRIGUEZ identificado plenamente en autos y al INSTITUTO NACIONAL DE SALUD AGRICOLA INTEGRAL (EL INSAI) en la persona de su representante legal ciudadano Jesús Enrique Márquez Fiore. Igualmente por cuanto la presente demanda obra en contra de una institución del estado y por lo que posee intereses patrimoniales la República Bolivariana de Venezuela, se ordena notificar mediante oficio a la Procuraduría General De La República de conformidad con el artículo 12 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el primer aparte del articulo 96 del Decreto con fuerza de Ley orgánica de la Procuraduría General de la Republica, en ese sentido se ordena notificar mediante exhorto a los Tribunales de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Área Metropolitana de Caracas, Distrito Capital, contentivo del respectivo oficio dirigido a la Procuraduría .....