Este Tribunal Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Delta Amacuro, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN EJERCIDO POR LA PARTE RECURRENTE, de conformidad a lo establecido en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y en consecuencia ordena la remisión al Tribunal que se encuentra en conocimiento de la causa principal, se confirma la Sentencia Dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Estado Delta Amacuro en fecha 22 de febrero del presente año. En consecuencia, téngase la presente Acta como fallo definitivo en la presente incidencia; por lo que se ordena dejar copia certificada del mismo en el archivo del Tribunal, de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, así como su Publicación en la Página Web del Tribunal Supremo de Justicia, en el cite denominado Región Delta Amacuro. Es Todo. .....