De conformidad con lo precedentemente descrito este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo, incoada por el abogado IVAN RAMONES, en nombre de su representado, Ciudadano FRANCISCO VILLARROEL, antes identificado.
Publíquese, Regístrese, déjese copia y remítase copia certificada del presente fallo, al juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio y Nuevo Régimen Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro y archívese el Expediente. Cúmplase lo ordenado.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro a los dieciocho (18) días del mes de mayo del año 2.007. Años 197° de la Independencia y 148° de la Federación.-
.....