Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Control de la Circunscripción Judicial del Estado delta Amacuro, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: Se amplia el régimen de presentaciones periódicas impuesta al imputado Jesús Estanislao Abreu Landaeta, venezolano, de 38 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V 9.860.960, hijo de Neptalí Abreu (V) y Juana de Abreu (V), natural de Tucupita, grado de instrucción Profesor Universitario, nacido en fecha: 12/05/67, domiciliado en el Sector Delta Ven, calle Bella Vista, casa numero S/N, de cada 30 días a cada 60 días por ante la oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, instándolo a que consigne evaluación psicológica acordada en audiencia de presentación, de conformidad con el artículo 256 numerales 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 264 ejusdem. SEGUNDO: Se acuerda fijar audiencia especial de confo.....