DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta PRIMERO: Se declara incompetente para conocer y decidir la presente solicitud interpuesta por el Abg. NEILL JESUS REAÑO GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 10.153.573, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 56.527, con domicilio procesal constituido en la Avenida San Juan Bosco, Edifico Aldebaran, Piso 2Apto. 22-A, actuando como defensor del ciudadano GERARDO ANTONIO SEPULVEDA BETANCOURT, venezolano, titular de la cédula de identidad No. 13.999.988 de conformidad con lo establecido en el artículo 7 en su segundo aparte de la Ley Orgánica Sobre Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. SEGUNDO: Se ordena remitir las presentes actuaciones al Juzgado Único de Juicio de est.....