DISPOSITIVA
En consecuencia por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados, éste Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control No 01 de éste Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se admite el escrito acusatorio, así como las pruebas documentales y testimoniales que fueron incorporados lícitamente, en contra del ciudadano TONY GREAN GONZALEZ CEDEÑO, por el delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con los artículos 326, 330 numerales 2 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se declara con lugar el la solicitud Sobreseimiento de la causa hecha por el Titular de la acción penal, a favor de los ciudadanos J.....