Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la Suspensión Condicional del Proceso seguida contra del ciudadano: ELVIS HERNAN REYES GUZMAN, venezolano, de 36 años de edad, titular de la cédula de identidad V-11.512.090, de estado civil soltero, fecha de nacimiento 02-02-1971, residenciado en Barrio El Triunfo, calle principal, vía la casona, Municipio Casacoima, Estado delta Amacuro, Estado delta Amacuro, de conformidad con el Artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal. Queda obligada a Presentarse cada treinta (30) por ante la Comandancia Policial de Sierra Imataca del Municipio Casacoima y no molestar a las victimas Ruth Álvarez y su hijastro Irwinng Enrique Hidalgo Álvarez. Cúmplase.-