PRIMERO: Se Acuerda la aplicación del Procedimiento Ordinario de conformidad con lo establecido en el articulo 280 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, por de cuanto es necesario que el Ministerio Público realice unas actuaciones que le permitan demostrar con certeza la precalificación formulada en esta Audiencia y el grado de participación y la responsabilidad que haya lugar. SEGUNDO: Se acuerda Libertad sin restricción de conformidad al articulo 243, 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con los artículos 44 numeral 1° y 49 numeral 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela a favor de los ciudadanos ABRAHAN ARGELIO MEDINA RAMOS, venezolano, etnia Warao, natural Winikina, Municipio Antonio Diaz, titular de la cedula de identidad N° V-14.488.499, soltero, de profesión u ocupación caletero, sexto grado , fecha de nacimiento 23/08/73, de 32 años de edad, nombre de los padres Cornelio Medina (v) y Elba Ramos (v), residenciado Winikina, ROD.....