ESTE TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ADMINISTRANDO JUSTICIA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara con lugar la solicitud de apertura del procedimiento Ordinario de conformidad con lo establecido en los artículos 280 y 373 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal SEGUNDO: Se Decreta LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el articulo 8 y 9 del código orgánico procesal penal, a favor de los ciudadanos LILIAMIG ORIANIS MARQUEZ OLIVEROS, titular de la cedula de identidad N° 19.139.509, ANNIS YAKELINE MARICHALES REQUENA, titular de la cedula de identidad N° 19.858.482, SAMIR DEL VALLE MARQUEZ OLIVEROS, titular de la cedula de identidad N° 11.212.048, JONAS JOSE PACHECO ESTRADA, titular de la cedula de identidad N° 16.215.892, DEYVIS ENRIQUEZ RODRIGUEZ, titular .....