Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal, en función Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta Sobreseimiento de la Causa, seguida al ciudadano: MARTIN RAMON CEDEÑO, venezolano, natural de este Estado, de 34 años de edad, funcionario policial adscrito a la Policía General del Estado Delta Amacuro, titular de la cedula de identidad No. V-11.205.999, por extinción de la acción penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 103 del Código Penal, numeral 1 del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 318 numeral 3 del referido código adjetivo penal. SEGUNDO: Se declara sin lugar la solicitud de copias del presente asunto interpuestas por los ciudadanos: GEOVANNY JOSE LIRA CEDEÑO y ABG. EMETERIO RANGEL, por cuanto los mismos no son parte en el presente asu.....