DISPOSITIVA
En base a las argumentaciones expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la medida de protección a la victima amenazada ciudadana: MARBELIS DEL JESUS PEREZ SAAVEDRA, de 27 años de edad, de nacionalidad venezolana, de estado civil casada, Telf. 0414-997-71-25, de profesión u oficio docente, residenciada en la vía Orinoco, sector San Juan 02, la invasión Tucupita, Estado Delta Amacuro, hija de los ciudadanos: Jesús Pérez y Paula Saavedra, titular de la cédula de identidad No. 14-487.415, a fin de salvaguardar su integridad física, y la de su familia, todo de conformidad con lo establecido en los artículo 1, 4, 16,17 y 23 de la Ley de Protección a las Victimas, Testigos y Demás Sujetos Procesales, en relación con el artículo 23 del Código Orgánico Procesal Penal; 86, 82, 8.....