DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, considera que lo procedente y ajustado a derecho es declarar CON LUGAR, la solicitud interpuesta por el ciudadano: JHONNY OTNIEL VERAXIERTA DARNOTT, antes identificado, en consecuencia se ordena la entrega del vehículo: Chrysler, Modelo neon, año 1998, Tipo sedan, Color azul, Clase Automóvil, Serial del Motor: 4C; Serial de Carrocería: 8Y3HS26CAW1705129, Placas: OAE-221, Uso: Particular, de conformidad con lo establecido en el articulo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, respetándose el mejor derecho que cualquier tercero pueda tener sobre el bien en cuestión. En consecuencia queda obligado a presentarlo al Tribunal en caso de ser necesario. Asimismo no podrá traspasarlo, cederlo, donarlo ni realizar cualquier otro acto q.....