DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal del Estado Delta Amacuro, en función Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley PRIMERO: Decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad, del ciudadano: ELIAS JOSE ROJAS VALDEZ, venezolano, estado civil soltero, residenciado en el Barrio Villa Manamo, calle tres, casa sin numero, Tucupita Estado Delta Amacuro, nacido el 15-07-72, titular de la cédula de identidad No. V-11.517.068; de conformidad con lo pautado en el artículo: 250 ordinales 1°, 2°, 3°; en relación con los artículos 251 ordinales 2 y 3, Y 252 del Código Orgánico Procesal Penal; por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal. En consecuencia se ordena la búsqueda y aprehensión del referido ciudadano y su reclusión en el Reten Policia.....