Vista la solicitud interpuesta por el Fiscal Sexta del Ministerio Público y en base a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en función de control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE. PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR, la solicitud interpuesta por el Fiscal Sexto del Ministerio Público, Dr. JOSE ALFREDO CONTRERAS, y en consecuencia se ORDENA la destrucción de la droga incautada, la cual quedo mediante experticia química practicada determinada como Cocaína Clorhidrato, la cual fue incautada en fecha 28 de febrero de 2011, mediante el procedimiento de incineración, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 148, 193 de la Ley Orgánica de Drogas en relación con el artículo 19 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada. Dicho acto será realizado una vez la Fiscalía coordine dicha actividad en presencia de los .....