DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta PRIMERO: La aplicación del Procedimiento especial previsto en el artículo 94 de la Ley Orgánico Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a los fines del total esclarecimiento de los hechos SEGUNDO: Se decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad al ciudadano: EMIRO JOSE MARQUEZ NUÑEZ, de conformidad con lo establecido en el articulo 256 Ordinale 3° en relación con el numeral tercero del articulo 87 de la Ley Orgánico Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; en consecuencia se le impone la obligación de presentarse cada 30 días por ante la Oficina del Alguacilazgo y la Salida de la residencia, donde habita la ciudadana DAGNIS NUÑEZ DE LIRA. Publíquese, regístrese, diar.....