Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estando Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO seguido al ciudadano RAMON AGUILERA, venezolano, titular de la cédula de identidad V-5.234.782, fecha de nacimiento 31-01-1947, de 61 años de edad, residenciado en la comunidad de volcán, calle principal casa S/N, Municipio Tucupita Estado Delta Amacuro, de conformidad con el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 43 y 44 ejusdem, fijándose un régimen de prueba por el plazo de tres (03) meses, de conformidad con el último aparte del artículo 44 ibidem, imponiéndosele al acusado la obligación de distribuir la cantidad de cincuenta (50) trípticos alusivos a la protección del ambiente, debiendo presentar al Tribunal registros fotográficos inherentes al .....