DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta PRIMERO: Se declara incompetente para conocer y decidir la presente solicitud de amparo interpuesta por la Abg. LUICELA MARGARITA FUENMAYOR GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.887.098, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 30.512, con domicilio procesal constituido en la ciudad de Maracay, Estado Aragua, calle Mariño Norte, entre Tercera y Cuarta Transversal de la Urbanización Calicanto, residencias Morichal Norte, Piso 8, apto 8-B, quien afirma ser Defensora del ciudadano: WILLIAM ALFREDO VASQUEZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 6.863.664, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 en su segundo aparte de la Ley Orgánica Sobre Amparo s.....