Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Delta Amacuro administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decreta:
UNICO: Se revisa la medida de Privación Preventiva de Liberta impuesta en fecha Veintinueve (29) de Abril del año dos mil catorce (2014), del imputado ciudadano ANTONIO JOSE SILVA, Indocumentado, perteneciente a la etnia warao, Venezolano, natural de Jotajana, Municipio Pedernales, Estado Delta Amacuro, fecha de Nacimiento: desconoce, de 19 años de edad, de estado civil Soltero, hijo de Marta Silva (v) y Juan Silva (v), de profesión u oficio matando tigritos, residenciado en Cremanson de la Horqueta, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, acuerda otorgar al imputado de autos una Medida menos gravosa consistentes en presentaciones cada quince (15) días por ante la oficina de alguacilazgo del Circuito Judicial Penal, de conformidad con lo establecido en el art.....