Por todo lo expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en función de Control de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL del presente asunto, en favor de IDENTIDAD OMITIDA, a quien se efectuó investigación por parte de la Policía Municipal del Estado Delta Amacuro, por la presunta comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio, presuntamente de IDENTIDAD OMITIDA. Notifíquese a la solicitante, Fiscal Provisorio Quinta del Ministerio Público en esta Circunscripción Judicial, Abg. VILMA VALERO DELGADO. Notifíquese a los ciudadanos investigado y víctima presunta, anteriormente identificados.
Regístrese, déjese copia y publíquese. Cúmplase